Resumen | |
[J] | Libertad de información frente a derecho a la intimidad. Atribución de una relación sentimental con un presentador. Veracidad en el ámbito de la intimidad. Medidas reparadoras.(publicado en Actualidad Diaria 2825 el 10 de febrero de 2015) |
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Con fecha 30 de marzo de 2010 Dª Blanca interpuso demanda de protección de su derecho a la intimidad personal y familiar contra "Antena 3 de Televisión, S.A.", contra D. Amadeo y contra la entidad ahora recurrente, "Cuarzo Producciones, S.L.", solicitando la condena de todos ellos a indemnizarla según las bases que indicaba, a cesar en dicha intromisión y, en el caso de las dos entidades, a difundir el fallo de la sentencia en el mismo programa o en el que lo sustituyera, todo ello en virtud de las manifestaciones realizadas por el Sr. Amadeo durante sendas entrevistas en el curso del programa DEC ( La sentencia de primera instancia desestimó la demanda. La sentencia de segunda instancia, estimando el recurso de apelación de la demandante y en consecuencia su demanda, condenó a los demandados, por intromisión ilegítima en la intimidad de aquella, a indemnizarla, de forma solidaria, en la suma de 30.000 euros, a cesar en dicha intromisión y a abstenerse en lo sucesivo de realizar actos semejantes, condenando igualmente a "Antena 3 de Televisión S.A." a retirar de su web los videos y el extracto litigiosos, a que la cadena
El Supremo desestima el recurso. | |
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